Diferencia lesiones

Aunque parezca que en el ideario popular ya se sabe lo que es una lesión más o menos grave, la realidad es que ese concepto puede o no coincidir con el término legal de leve o grave (o para ser más exactos, delito menos grave).

¿Y por qué es importante esta distinción? Pues por las consecuencias penales que pueden conllevar que una agresión sea considerada leve o no.

Veamos primero las diferencias entre el resultado lesivo, para luego poder comprender las diferencias de castigo:

DIFERENCIA RESULTADO LESIONES LEVES Y GRAVES

En el art. 147.1 del Código Penal se regula el concepto de las lesiones graves (legalmente delito menos grave) como base de los delitos contra la integridad física y mental, en base a un concepto jurídico:

NECESIDAD OBJETIVA DE TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO

Sí se precisa tratamiento médico será castigado como delito grave, por el contrario, en aquellas lesiones que no lo requieran (art. 147.2 Código Penal) se castigará como delito leve. Pero, ¿Qué se incluye legalmente cómo tratamiento médico? Veámoslo

  • Cualquier tipo de tratamiento médico o quirúrgico necesario para la curación de la herida causada.
  • No es suficiente con una primera asistencia facultativa, es decir, no es suficiente con una primera cura médica, sino que es necesario un real tratamiento prolongado en el tiempo.
  • Tampoco es suficiente con mero seguimiento médico del estado de evolución.
  • En cuanto a los tratamientos farmacológicos tendremos que diferenciar entre aquellos que directamente redundan en la curación, como antibióticos, o aquellos que simplemente sirven para calmar el dolor. Estos últimos, al no servir como tratamiento para la curación, sería un delito leve.
  • También se incluyen, aunque es discutido, la utilización de puntos de sutura. Es obvio que los puntos de sutura “clásicos”, donde el médico debe retirarlos, nos hallamos ante un tratamiento, pero con los modernos puntos de aproximación “de pegar” que se retiran directamente por el paciente, es más dudoso, aunque mayoritariamente se consideran graves.
  • Actualmente también se incluyen por la mayoría de Juzgados los tratamientos de rehabilitación.
  • Además debe añadirse los tratamientos psicológicos, siempre que de un acto se origine una lesión psicológica diagnosticada. Es difícil de aplicarse debido a la dificultad de acreditarse el nexo causal entre la conducta y la lesión (no es tan obvio como un puñetazo) y en la mayoría de casos más graves va ligado a algún otro delito (como por ejemplo una violación, violencia de género, entre otros)

Por lo tanto, como delito leve nos encontraremos con hematomas (moratones), eritemas (arañazos, rascadas), pequeñas laceraciones superficiales (cortes), heridas que “curarían solas” sin perjuicio de una primera cura o desinfección.

Y este tratamiento, lo debe establecer como necesario el médico forense del Juzgado, independientemente de que la víctima realmente no haya seguido ningún tratamiento, pero hubiera sido necesario, o se haya aplicado un tratamiento innecesario.

AGRESIÓN SIN LESIÓN

¿Y si de la agresión no se ha generado ningún tipo de lesión? ¿es delito? Sí, pero sería un delito leve denominado de “Maltrato de obra” recogido en el art. 147.3 del Código Penal. No está tolerado por el estado conductas que, por mucho que no ocasionen lesión, atentan contra la paz ciudadana. Acciones como un empujón, un bofetón o un estirón estarían cubiertas por este delito.

DIFERENCIA DE PENA ENTRE LESIONES LEVES Y GRAVES

Además de utilizar un diferente procedimiento para uno y otro tipo de delito, encontramos una significativa diferencia en las penas a aplicar:

  • DELITO LEVE DE LESIONES: multa de 1 a 3 meses
  • DELITO LEVE DE MALTRATO: multa de 1 a 2 meses
  • DELITO BASE DE LESIONES: prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses
  • DELITOS DE LESIONES AGRAVADOS por el medio comisivo (armas, víctima vulnerable): prisión de 2 a 5 años
  • DELITOS DE LESIONES AGRAVADOS por el resultado (mutilación, grave deformidad, inutilización órgano): prisión de hasta 12 años

En cuanto al procedimiento, para los delitos leves se prevé un proceso muy ágil donde prácticamente solamente hay un juicio y que habitualmente puede tardar unos meses o incluso menos. Para los delitos graves y menos graves, el procedimiento es mucho más largo, con una etapa de investigación judicial y posteriormente un juicio, que tardará cuanto menos años en juzgarse.

Por último os dejamos el link a la anterior Guía Jurídica: Diferencias entre Hurto y Robo

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